Según el reglamento (UE) 2016/425, por Equipo de Protección Individual se entiende el equipo diseñado y fabricado para ser llevado o sostenido por una persona para protegerse contra uno o varios riesgos para su salud o seguridad, así como todo accesorio funcional que forme parte del producto aunque sea desmontable. Los equipos de protección individual (EPI) se dividen en tres categorías:
Cat. I. EPI simple, diseñado para proteger a los usuarios frente a riesgos mínimos, cuyos efectos se pueden identificar a tiempo y sin daños para el usuario.
Cat. II. EPI intermedio no incluido en la categoría I ni en la III.
Cat. III. EPI complejo destinado a proteger contra riesgos que pueden causar consecuencias muy graves, tales como la muerte o daños irreversibles para la salud.
La norma EN 1731 especifica los materiales, el diseño, los requisitos de prestaciones, los métodos de ensayo y los requisitos para el marcado para los protectores oculares y faciales de malla. La norma no se aplica a los protectores oculares y faciales para el uso contra salpicaduras de líquido (incluyendo el metal fundido), riesgos por sólidos calientes, peligros eléctricos, radiaciones infrarrojas y rayos ultravioleta. Tampoco se aplica a los protectores oculares y faciales de malla para el uso en deportes como el hockey sobre hielo y la esgrima.